En referencia a las dudas surgidas recientemente en lo referente a la matriculación de embarcaciones para la navegación en ríos de la Confederación Hidrográfica del Ebro, incluimos la respuesta recibida el 13 de Junio de 2016 en Aepira a una consulta realizada al respecto en Abril:
En respuesta a la consulta que mandó el pasado 29 de abril a la oficina de información al ciudadano de la Confederación Hidrográfica del Ebro se le comunica que:
Acerca de la consulta sobre RESPONSABILIDAD EN LA NAVEGACIÓN:
Se recuerda que el declarante es la persona física o jurídica titular de las embarcaciones objeto de la declaración responsable. Queda bajo su responsabilidad el cumplimiento de los requisitos que vienen reflejados en su declaración y se compromete a mantener su cumplimiento durante el ejercicio de la actividad que motiva la declaración.
El declarante es responsable de que todas aquellas personas que empleen las embarcaciones que figuran en su declaración responsable cumplan los requisitos establecidos en la misma (de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 12 de abril de 2010, del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que aprueba el modelo de declaración responsable para la navegación y flotación en la cuenca del Ebro).
Es el titular de la embarcación el que tiene que suscribir declaración responsable y responsabilizarse de que quienes la usen cumplan con los requisitos asociados y cargar con la responsabilidad por su incumplimiento (tendrá que responsabilizarse por el incumplimiento de los requisitos por quienes la manejen).
Por tanto, el declarante puede permitir el uso de su embarcación por terceros pero en caso de inspección de los agentes de la autoridad, si el navegante no cumpliera con el contenido de la declaración responsable, se sancionaría al declarante (aunque que no fuera el declarante el navegante en el momento de la inspección) por incumplimiento del artículo 116.i de la Ley de Aguas y 315.j del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Acerca de la consulta sobre MATRICULACIÓN DE EMBARCACIONES:
Es obligatorio en la cuenca del Ebro la matriculación de todas las embarcaciones (con independencia de su tamaño y calado), ya que es necesaria para identificar al usuario, como establece el artículo 58 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
En caso de navegar en varias cuencas, tendrá que matricularla en cada una de dichas cuencas, pues cada Confederación Hidrográfica tiene su propio sistema de matriculación. Hasta el momento, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no ha establecido ningún procedimiento para unificar la matriculación a nivel estatal.
Respecto al número de serie del fabricante, sí que es solicitado en la declaración responsable aunque no de manera obligatoria para las embarcaciones de remo, pues hay embarcaciones que no la tienen o eso es lo que nos indican los declarantes. Hay declarantes que lo reflejan en la declaración y otros que no. Lo ideal sería que lo indicaran, sea cual sea la tipología de la embarcación, tal y como lo solicitamos en el apartado de datos de la embarcación de la declaración responsable.
Si se hace un uso esporádico (3 días o menos), no hace falta matriculación, siempre que se trate de una prueba o descenso puntual, tal y como indica el RDPH, pero se debería declarar esta actividad puntual. El carácter esporádico está relacionado con el descenso de ríos, pruebas deportivas o actividades similares.
En caso de nuevas dudas, puede contactar con la oficina de navegación de la Confederación Hidrográfica del Ebro:
Confederación Hidrográfica del Ebro
Paseo Sagasta, 24-26
50071 Zaragoza
Lo que ya se venía sabiendo. Lo peor, para mí, es que no sean capaces de ponerse de acuerdo, al menos para los piragüistas recreativos (no voy a entrar en temas de ánimo de lucro), entre las distintas cuencas, dificultando tanto el ir en regla en todas las cuencas a la vez.
Es el proceso burocrático más farragoso e incoherente que he conocido nunca.
Pues a mi en la propia respuesta, me da la sensacion que se contradicen, como lo jace la declaración responsable. Un descenso puntual es lo que hacemos nosotros de los ríos, no estamos todo el dia remando el mismo rio, como un entrenamiento de pista, o repitiendo el mismo tramo todos los días
En cualquier caso, la propuesta lanzada tanto desde AEPIRA como desde la Federación Española de Piragüismo a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente pasa por la modificación puntual del Reglamento de dominio Público para eximir todas las piraguas, sea cual sea su tamaño, de la necesidad de declaración responsable y por tanto de todo este papeleo, rigiéndose por las normas de navegación que defina cada Confederación. Y sólo hasta que suceda eso, la unificación de declaraciones responsables de todas las cuencas en una sola (al fin y al cabo todas las Confederaciones están metidas dentro de una única Dirección General del Agua, y es incomprensible y contradictorio con la supuesta la disparidad de papeleo que han conseguido generar en los seis años que llevan en vigor las declaraciones responsables).
Esta propuesta está encima de la mesa del Ministerio, argumentada, desde 2014, y solo nos han dado largas pese al compromiso expreso de la ministra en funciones de abordarlo «en breve», cosa que ha incumplido.
Estamos esperando a ver si hay cambios o no en el Ministerio para insistir sobre la última respuesta recibida