En relación al contencioso que AEPIRA, la Federación Castellano Manchega de Piragüismo y la Real Federación Española de Piragüismo, mantiene con la Confederación Hidrográfica del Tajo, el día 3 de septiembre a través de nuestros abogados y procuradores nos llego una notificación del tribunal superior de justica de Madrid, de la sala de contencioso administrativo número 6, en la cual nos remitían un informe que la CHT ha enviado al mencionando tribunal.

Dicho informe, es un informe de la Junta de Extremadura, donde notifica a la CHT con fecha 10-6-2016, las modificaciones que se habían llevado a cabo en dicha comunidad autónoma en materia legislativa ambiental y que pueden afectar la navegación en los cauces dentro de dicha comunidad, para que la CHT los tuviera en cuenta a la hora de dar los permisos de navegación dentro de su cuenca.

Una vez estudiado este informe, y comparando los tramos que la Junta de Extremadura según su legislación ambiental propone prohibir la navegación y los que realmente están prohibida la navegación según la normativa de la CHT, nos damos cuenta que en el listado de la CHT hay muchos más tramos prohibidos de los que propone la Junta de Extremadura. Esto supone que la CHT ha prohibido la navegación por decisión propia y sin motivación alguna en muchos tramos.

También es significativo que la única Comunidad Autónoma que ha contestado al requerimiento del juzgado es, de momento, Extremadura. El resto (Castilla-La Mancha, Madrid y Castilla y León) no lo han hecho, aunque se supone que se les habrá pedido. En principio mejor para nosotros, ya que si la CHT puede alegar que las prohibiciones que ha establecido en Extremadura (aunque solo en parte, como queda ha quedado claro) han sido «motivadas» por la Junta de Extremadura, en el resto del territorio no le constará al jugado, y aun así la CHT ha prohibido la navegación en muchos tramos, casi todos de ellos muy interesantes para las aguas bravas.

Todos estos detalles del análisis de los informes y la legislación, se los hemos hecho llegas a nuestra abogada, para que en el plazo que nos daban, presentara alegaciones.

Os seguiremos informando de los avances que tengamos en dicho pleito.