Muchos de vosotros nos habéis preguntado en varias ocasiones sobre la responsabilidad de la navegación, si corresponde al dueño de la embarcación o al que navega, que quiero decir… pues os pongo un caso practico

Si yo solicito la Declaración Responsable (DR) de una piragua de mi propiedad a mi nombre, y luego es utilizada por mi hijo o mujer, ¿estos otros usuarios tienen que solicitar una nueva DR, o válida con la mía?

Lo mismo pasa si un día un amigo o compañero me deja probar una piragua que no es de mi propiedad.

En dos ocasiones hemos preguntado a la Confederación Hidrográfica del Ebro, esta cuestión, ya que es la CH que mejor nos atiende y contesta nuestras cuestiones, estas son las dos respuestas que nos ha dado, las dos vienen a decir lo mismo…

Cada uno que saque sus conclusiones

RESPUESTA CHE

El declarante tiene que ser el titular de las embarcaciones objeto de la declaración responsable. Queda bajo su responsabilidad el cumplimiento de los requisitos que vienen reflejados en su declaración y se compromete a mantener su cumplimiento durante el ejercicio de la actividad que motiva la declaración. El declarante puede dejar su embarcación a terceros pero sigue siendo el responsable de que todas aquellas personas que empleen las embarcaciones cumplan los requisitos establecidos en la misma.

RESPUESTA CHE

Se recuerda que el declarante es la persona física o jurídica titular de las embarcaciones objeto de la declaración responsable. Queda bajo su responsabilidad el cumplimiento de los requisitos que vienen reflejados en su declaración y se compromete a mantener su cumplimiento durante el ejercicio de la actividad que motiva la declaración.

El declarante es responsable de que todas aquellas personas que empleen las embarcaciones que figuran en su declaración responsable cumplan los requisitos establecidos en la misma (de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 12 de abril de 2010, del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que aprueba el modelo de declaración responsable para la navegación y flotación en la cuenca del Ebro).

Es el titular de la embarcación el que tiene que suscribir declaración responsable y responsabilizarse de que quienes la usen cumplan con los requisitos asociados y cargar con la responsabilidad por su incumplimiento (tendrá que responsabilizarse por el incumplimiento de los requisitos por quienes la manejen).

Por tanto, el declarante puede permitir el uso de su embarcación por terceros pero en caso de inspección de los agentes de la autoridad, si el navegante no cumpliera con el contenido de la declaración responsable, se sancionaría al declarante (aunque que no fuera el declarante el navegante en el momento de la inspección) por incumplimiento del artículo 116.i de la Ley de Aguas y 315.j del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.